Colaboradores del INAP participan en el taller: “Régimen Ético y Disciplinario”

Colaboradores del INAP participan en el taller: Régimen Ético y Disciplinario

27 de abril del 2022 [printfriendly]

D. N.- Con la participación de los colaboradores del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), se realizó el taller: “Régimen Ético y Disciplinario”, impartido por Magalys Ogando, coordinadora de la Dirección de Relaciones Laborales del Ministerio de Administración Pública (MAP), como parte de las actividades por la Semana Nacional de la Ética.

La subdirectora Rosa Camila Rivera expresó las palabras de apertura del evento que se desarrolló de forma virtual, y en conmemoración del 29 de abril como el Día Nacional de la Ética Ciudadana.

“La ética corresponde al sistema de principios morales sobre los cuales basamos nuestras acciones, así como el conjunto de normas y valores morales que nosotros como servidores públicos debemos conocer y practicar en toda nuestra vida laboral”, dijo Rivera.

La facilitadora Ogando destacó que el objetivo del taller es socializar con los participantes el Régimen Ético y Disciplinario de los Servidores Públicos, según lo establece la Ley 41-08 de Función Pública y el Reglamento 523-09 de Relaciones Laborales en la Administración Pública.

Definió que el servidor público es la persona que ejerce un cargo permanente de la función pública, designado por autoridad competente, y establecido en varias categorías: Libre Nombramiento (Alto Nivel); funcionarios de Carrera (Concurso y Mérito); funcionarios de Estatuto Simplificado y Empleados Temporales.

“La Ley 41-08 de Función Pública regula las relaciones de trabajo de las personas designadas por autoridad competente para desempeñar los cargos presupuestados para la realización de funciones públicas en el Estado, los municipios y las entidades autónomas, en un marco de profesionalización y dignificación laboral de sus servidores”, explicó.

Precisó que los servidores públicos tienen derechos con lo que establece el artículo 58 de la Ley 41-08 de Función Pública de: percibir remuneración y compensación; recibir inducción, formación y capacitación; beneficiarse de programas de bienestar social establecidos; sueldo 13, si laboró tres meses; licencias y permisos; jubilaciones y pensiones; tratamiento justo; tener condiciones y medio ambiente de trabajo sanos.

También, indicó que hay deberes como: cumplir las leyes; obedecer órdenes de superiores; servir con dedicación y honestidad; imparcial en las tareas; manejo apropiado; y atender a capacitación, inducción y formación.

Sostuvo de principios éticos de los servidores públicos; honestidad y probidad, cortesía, discreción, disciplina, vocación de justicia, lealtad y decoro, pulcritud y vocación de servicio.

“Existen prohibiciones establecidas a los servidores públicos como realizar actividades ajenas a sus funciones, abandonar o suspender su labores, retardar o negar el despacho de los asuntos a su cargo a la presentación de los servicios y dedicarse a actividades que puedan afectarse”, añadió.

FUENTE: DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES INAP.