INAP apoya resolución 357-2021 del MAP; califica medidas permitirán legitimar a servidores públicos en cargos de Carrera Administrativa General

INAP apoya resolución 357-2021 del MAP; califica medidas permitirán legitimar a servidores públicos en cargos de Carrera Administrativa General

20 de diciembre del 2021

D. N.- El director general del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), Cristian Sánchez Reyes, manifestó el apoyo a la resolución 357-2021, emitida por el  Ministerio de Administración Pública (MAP), que dispone que los actuales servidores públicos que ingresaron a cargos de Carrera Administrativa General, luego de promulgada la Ley 41-08 de Función Pública, el 16 de enero de 2008, sin haber agotado los procedimientos y requisitos establecidos, deberán participar en concursos públicos.

Sánchez Reyes calificó que esta importante disposición permitirá legitimar que los trabajadores del Estado dominicano, que ocupan puestos en la referida categoría, hayan cumplido con las leyes y los reglamentos correspondientes.

«Respaldamos, plenamente, esta iniciativa del MAP que corregirá aspectos procedimentales, y se enmarca en los objetivos de excelencia de este Gobierno, que encabeza el presidente Luis Abinader, apegado a los principios de la ética, la transparencia, la eficacia, la honestidad y la igualdad que rigen el desempeño de la administración pública», destacó.

Asimismo, Sánchez Reyes recordó que el INAP, como órgano responsable de desarrollar las competencias de los servidores del Estado dominicano con programas efectivos de formación, profesionalización e investigación, ratifica el compromiso de fortalecer el funcionamiento de una administración pública moderna, innovadora y abierta, para lo cual ha iniciado el proyecto INAP Digital, en el marco de la Agenda Digital 2030, con el objetivo de trabajar a lo interno la transformación digital institucional, y replicar luego el modelo en las entidades públicas que necesiten capacitar a su talento humano.

Más detalles de la resolución 357-2021

El MAP, a través de esta resolución 357-2021, del 16 de diciembre de 2021, declara de Alto Interés la celebración de Concursos Públicos Externos, para ocupar cargos de la Carrera Administrativa General, en cumplimiento de la Constitución de la República y la Ley 41-08 de Función Pública.

La medida, que fue firmada por el titular del MAP, Darío Castillo Lugo, especifica que las disposiciones incluyen a los servidores públicos que ingresaron a partir del 17 de agosto del 2020.

“A partir del primero de enero de 2022, deberán participar en Concursos Públicos para que, los que califiquen, puedan obtener la condición de servidores de Carrera, y gozar de estabilidad en el empleo que consagra el ordenamiento jurídico”, detalla el artículo 2 de la resolución del MAP.

La normativa aplica solo para los cargos de la Carrera Administrativa General, por lo cual, el ingreso a la Administración Pública para ocupar cargos de las carreras especiales, como la docente, la sanitaria, la diplomática, entre otras, se regirá por sus respectivas leyes especiales y reglamentos de aplicación.

En su artículo 3, la resolución 357-2021 manda a las Oficinas de Recursos Humanos (ORH) de las instituciones públicas del Poder Ejecutivo, las cuales están bajo la dependencia técnica del MAP, según el artículo 14 de la Ley 41-08 de Función Pública, a planificar, organizar y ejecutar los concursos públicos, utilizando la plataforma virtual: “Portal Concursa”.

En tal sentido, las ORH podrán establecer un orden de prioridad para la realización de los concursos, iniciando con los cargos del grupo ocupacional III de Técnicos, seguidos por los cargos del grupo IV de Profesionales, y concluyendo con el grupo V de Dirección y Supervisión.

Además, las instituciones públicas, que realizan actividades o que ocupan cargos muy técnicos y especializados, podrán realizar cursos-concursos, de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento 251-15 de Reclutamiento y Selección de Personal para ocupar cargos de Carrera Administrativa, con el acompañamiento del MAP y del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP).

También, podrán utilizar los servicios de asesoría y acompañamiento de entidades consultoras o profesionales independientes, ajenos a la administración pública, sujetos a las normas previstas por el MAP, tanto para el reclutamiento y selección de personal, como para otros subsistemas técnicos previstos en la Ley 41-08 de Función Pública y sus reglamentos.

Los servidores públicos que participen en los concursos y en los cursos-concursos, que alcancen las calificaciones establecidas y que sean seleccionados, se les emitirá los correspondientes nombramientos definitivos, según lo previsto en la Ley 41-08 de Función Pública, sus correspondientes reglamentos y lo dispuesto en la resolución 113-2021 del MAP.

“Los colaboradores a que se refiere el presente artículo, que tengan más de un año desempeñando los cargos para los que concursaron o participaron en curso-concursos, se les reconocerá el tiempo en servicio, el cual se les computará como equivalente satisfactorio del período de prueba establecido para el cargo de que se trate”, puntualiza el párrafo del artículo 5.

La resolución, que entra en vigencia el primero de enero de 2022, también, manda a las ORH a realizar un diagnóstico sobre los cargos de Carrera Administrativa General que son ocupados por servidores públicos que no ingresaron por la vía del concurso y no cuentan con estabilidad en el cargo, y remitir esas informaciones al MAP, a la dirección electrónica: carrera@map.gob.do.

La normativa establece, además, que la Dirección General de Presupuesto (Digepres) y la Contraloría General de la República (CGR), tramitarán solo las asignaciones y los desembolsos de recursos para el ingreso de nuevo personal a la nómina pública de los entes y órganos de la Administración Pública, bajo dependencia del Poder Ejecutivo, regidos por la Ley 41-08 de Función Pública, si cuentan con la No Objeción del MAP, como órgano rector del empleo público.

De acuerdo a la resolución 357-2021 del MAP, a partir del primero de enero del 2023, “los ciudadanos y ciudadanas no podrán ingresar a ocupar cargos tipificados de la Carrera Administrativa General, en los órganos y entes del Poder Ejecutivo, a los que aplique el Estatuto de la Función Pública, bajo ninguna modalidad que no sea por la vía de concursos públicos”.

Descargar la resolución 357-2021 en el siguiente enlace:

https://map.gob.do/transparencia/download/581/2021/9743/357-2021.pdf

FUENTE: DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES INAP.