Innovación en la administración pública ¿Para qué?
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Por Gregorio Montero
La palabra innovación representa la acción y el efecto del verbo innovar, que proviene de las voces latinas in y novus, que significan “entre y “nuevo”, respectivamente, las que le dan su sentido etimológico; innovar es la generación constante de nuevas ideas y la adopción permanente de nuevas formas para hacer las cosas, que conduzcan a la solución de problemas. La innovación aparece siempre asociada a la ciencia y a la capacidad creadora de los seres humanos, en esa búsqueda histórica que les imponen sus necesidades por acercarse al conocimiento, a la verdad y a nuevos descubrimientos, que les permitan enfrentar con acierto las dificultades.
La innovación se aplica a los saberes y a las herramientas, y es consecuencia del ingenio de y la capacidad de evolucionar que caracterizan a las personas; ella se presenta muchas veces como respuesta a los procesos de cambios planificados, otras veces es el resultado del azar, de la espontaneidad y de exigencias sociales. La innovación aplicada nos lleva a reflexionar y a abordarla desde distintas dimensiones y perspectivas, por eso se habla de innovación social, de innovación económica, de innovación educativa, de innovación organizacional, de innovación tecnológica, y de otras; a propósito de la innovación tecnológica, se suele confundir innovación con tecnología, asumiendo, erróneamente, que solo se innova cuando hay acompañamiento tecnológico.
En lo que respecta a la Administración Pública, la innovación no siempre ha sido asumida como buena y válida, incluso, hay quienes dudan de que sea posible innovar en las instituciones del gobierno; otros abogamos por la necesidad y la factibilidad de innovar en el sector público, de ahí el impulso a las estrategias de excelencia y calidad en la gestión gubernamental. De hecho, entendemos que la innovación es un derecho de los ciudadanos y un deber de los servidores públicos, que incluso debe ser parte del perfil profesional y de las competencias laborales de estos. Si las instituciones públicas no son capaces de innovar, al igual que cualquiera otra organización, están condenadas a desaparecer, pues no responderían jamás a los requerimientos de la sociedad actual.
La innovación en la gestión pública es un proceso que permite que en las instituciones estatales se generen y pongan en práctica ideas novedosas, con miras a ofrecer soluciones inéditas a problemas tradicionales, nuevos y emergentes, que afectan a la ciudadanía. La innovación pública puede y debe estar dirigida a trasformar y modernizar las políticas públicas, los servicios públicos, las estructuras organizativas, los procesos administrativos, la gestión del talento humano y otros. Se hace necesario asociar la capacidad creativa e innovadora de las instituciones y los trabajadores de la Administración Pública, a la necesidad de crear valor público, es decir, no se innova por innovar, sino para asegurar los valores que son compartidos por todos los ciudadanos y ciudadanas.
Los países de nuestra región, aglutinados en el Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo (CLAD), han arribado a un interesante consenso respecto de la necesidad y la importancia que reviste la innovación en los entes y órganos púbicos, lo que los llevó a aprobar la Carta Iberoamericana de Innovación en la Gestión Pública, en el marco de la XIX Conferencia Iberoamericana de Ministras y Ministros de Administración Pública y Reforma del Estado, celebrada en Andorra el 8 de octubre de 2020.
En el preámbulo de dicha Carta los representantes de los gobiernos firmantes, donde cuenta nuestro país, reconocen el gran déficit de las instituciones públicas y las serias dificultades que estas tienen para innovar los procesos internos de sus diseños institucionales y organizativos y sus mecanismos internos de toma de decisiones y de gestión; reconocen también que las administraciones públicas podrían ser todavía más innovadoras en sus políticas y en la prestación de servicios públicos.
A partir de esto, establecen como objetivos centrales de la Carta, definir las bases conceptuales y prácticas que sustentan la innovación como un enfoque para enriquecer la gobernanza y el buen gobierno, proponer un conjunto de pilares, principios, criterios y componentes fundamentales que establezcan un marco de referencia y un lenguaje común sobre la innovación inteligente para las administraciones públicas de la región, proponer recomendaciones y orientaciones que promuevan los pilares y principios de la innovación inteligente en todas las instituciones del Estado, a fin de procurar una perspectiva integral y sistémica y contribuir a la configuración de un enfoque de Estado Inteligente.
Se le otorga al concepto de innovación un carácter dinámico, que cambia de forma permanente, y se asume desde la necesidad que la Administración Pública tiene de anticiparse y adaptarse a los cambios que afecten el relacionamiento entre la ciudadanía y la administración, que son los que en esencia provocan las transformaciones institucionales; los procesos innovadores deben anticiparse a los cambios sociales, éticos, de gestión y tecnológicos, a fin de poder satisfacer las nuevas necesidades de la ciudadanía, por lo que se hace necesario entender de forma correcta, atendiendo a las variables época y lugar, cuáles son los retos de innovación a los que tienen que enfrentarse nuestras administraciones públicas y sus autoridades.
Cabe acotar que la innovación en la gestión pública parte de unos pilares que son los que orientan las acciones que deben desarrollarse; estos son un enfoque estratégico y de prospectiva, que le permite adaptarse a los desafíos de la gestión y anticiparse a escenarios futuros; la gestión del conocimiento, que implica que la toma de decisiones y el cumplimiento de los fines de los organismos públicos se sustenten en el conocimiento; la inteligencia colectiva, con base en la cual la toma de decisiones se produce a partir de la colaboración de las instituciones y personas involucradas con el problema; la inteligencia artificial, que permite establecer patrones que ayudan a predecir comportamientos; y el modelo democrático, que permite la inclusión y la participación efectiva.
En nuestro país, la Ley No. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, en su artículo 11.2, cita como uno de los propósitos del Gobierno Electrónico innovar y mejorar la gestión y los procesos de prestación de servicios públicos.
Posteriormente, mediante el Decreto No. 464-21, fue creado, bajo la dependencia del Ministerio de la Presidencia, el Gabinete de Innovación, como organismo colegiado de coordinación interinstitucional, con el objeto de formular la Política Nacional de Innovación de la República Dominicana 2030, así como la definición de las orientaciones, programas y acciones necesarias para su implementación, dentro del ámbito de competencia de cada uno de sus integrantes.
De conformidad con el artículo 2 de dicho Decreto, el Gabinete está integrado por el presidente de la República, el director ejecutivo del Gabinete de Innovación, los ministerios de la Presidencia, Administrativo de la Presidencia, de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, de Industria, Comercio y Mipymes, de Economía, Planificación y Desarrollo, de Educación, de Administración Pública, de Trabajo, de Relaciones Exteriores, por el Instituto de Formación Técnico Profesional, la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones y el Consejo Nacional de Competitividad.
El artículo 2 de este Decreto dispone que la Política Nacional de Innovación contribuirá a adoptar una cultura de innovación, que permita impulsar el desarrollo integral de la nación dominicana y crear, con la participación de la ciudadanía, un ecosistema público, empresarial, académico y científico, con el propósito de asegurar la competitividad y la sostenibilidad de la República Dominicana. La misma debe fundamentarse en cuatro pilares: gobernanza, capital humano, inversión en la innovación y cultura de la innovación y de la ciudadanía.
Más adelante, mediante el Decreto No. 278-22, y atendiendo al mandato dado por Decreto No. 264-21, fue aprobada y desarrollada la Política Nacional de Innovación 2030; declarando a su vez como de alta prioridad nacional la innovación como política transversal del Estado dominicano y como herramienta para la generación y producción de conocimiento útil dirigido a transformar la sociedad.
Innovar en el sector público es organizar, es procurar mayor eficiencia y mejores resultados, es aplicar nuevas y buenas ideas para resolver problemas públicos y avanzar; en definitiva, innovar en la Administración Pública significa agregar valor público para el beneficio de todos.