A propósito del día del servidor público
Por Gregorio Montero
Es cierto, las instituciones públicas concretan su existencia útil a partir de la convergencia de un conjunto de normas, atribuciones, estructuras, procesos y recursos diversos, que hacen posible que su correcto funcionamiento contribuya a resolver problemas públicos y a satisfacer necesidades de la ciudadanía. Dentro de todos estos componentes institucionales reluce uno que encierra una importancia incontestable, se trata de la estructura de cargos, diseminada en todos los entes y órganos estatales; los cargos públicos representan las funciones y actividades específicas que se deben ejecutar en la Administración Pública, lo niveles ocupacionales en las instituciones, así como las responsabilidades que estos implican.
Los cargos que configuran la estructura organizativa de las instituciones públicas son la base para el cumplimiento de los objetivos estatales, es a través de ellos que se expresa la voluntad humana, la que determina la oportuna operación de las actividades administrativas; por tal motivo, dichos cargos deben ser llenados de forma cuidadosa, observando los requisitos y condicionamientos requeridos para su ejercicio. Estos deben ser ocupados por personas físicas, hombres y mujeres, que demuestren capacidad y honestidad, y que, como individuos, pongan de manifiesto una vocación de servicio a prueba de los muchos inconvenientes que resultan del ejercicio de las funciones públicas.
Quienes ocupan los cargos públicos responden a las nomenclaturas de empleados, trabajadores, funcionarios, agentes, oficiales, servidores públicos, etc.; en nuestro caso, preferimos acogernos a la denominación “servidor público”, pues entendemos que es la que mejor identifica la labor de los ciudadanos y las ciudadanas que se animan a contribuir con el desarrollo y el bienestar de las personas y del país desde una posición en el Estado; ojalá que siempre, en todas las actuaciones, se hiciera honor a ello. Lo que no se debe obviar nunca es que, desde el punto de vista formal, un servidor público es toda persona física que ha sido designada por una autoridad competente para desempeñar un cargo permanente de la función pública, así lo consigna el artículo 4.4 de la Ley No. 41-08.
Pero, la importancia de la condición de servidor público se refleja más allá de lo jurídico y lo formal, no se trata solo de un vínculo jurídico laboral, como en el sector privado, en el sector público la labor del empleado está conectada con la felicidad de la gente, el servidor público, sin importar el nivel jerárquico que ocupe, debe ser un generador de bienestar colectivo y de estabilidad social. Quien ocupa un cargo público es, y así debe ser entendido con claridad meridiana, un instrumento al servicio de la sociedad.
Reconociendo la importancia que tienen los servidores públicos, los poderes Legislativo y Ejecutivo determinaron el 19 de mayo de 1981 consignar un día para destacar y honrar su labor; es así que fue aprobada y promulgada la Ley No. 302-81, que declara, entre otras cosas, el 25 de enero de cada año como el día del servidor público dominicano.
Es importante destacar que dentro de las motivaciones de la referida Ley se consigna que es imprescindible para lograr la eficiencia de la organización administrativa estatal, la adopción de una política que propicie entre los empleados y funcionarios públicos un alto grado de satisfacción en el trabajo y el desarrollo del espíritu de lealtad a los planes y programas del Gobierno; también se establece que, para lograr lo dicho, es necesario exaltar la labor de los empleados y funcionarios públicos que a través de largos años han servido al Estado con devoción, honradez e idoneidad.
Además, la norma contempla como justificación, que es deber del Gobierno reconocer, destacar y alentar la conducta moral y civilizada de aquellos empleados que se hayan distinguido en el ejercicio de sus funciones, para que esto, además de elevar el nivel moral de esos servidores, sirva de ejemplo a la ciudadanía y, particularmente, a los restantes integrantes del sector público.
Dicha Ley, además de pronunciarse en su artículo 1 sobre el Día del Servidor Público, en su artículo 2 instituye la Medalla al Mérito del Servidor Público, la que debe ser conferida a aquellos funcionarios y empleados del Estado que hayan servido al país con lealtad, honradez y eficiencia por más de 25 años. Vale resaltar que el dispositivo normativo prevé también que puedan ser reconocidos ciudadanos y ciudadanas que hayan realizado una labor o aporte intelectual o científico relevante para el desarrollo institucional de la Administración Pública.
Dicho todo esto, y en atención al mandato legal, el pasado sábado 25 de enero se conmemoró del día del servidor público en la República dominicana, por lo que, desde la semana anterior se han estado desarrollando actividades en su honor, las que continuarán durante la semana que cursa, en el marco de la cual se realizará la más importante de todas, la entrega de la Medalla al Mérito del Servidor Público, organizada, de conformidad con la Ley, por la institución responsable de ello, el Ministerio de Administración Pública (MAP); esta actividad, lamentablemente, se había había descontinuado durante los últimos años.
El reconocimiento de la labor de un servidor público que durante muchos años ha actuado con apego a los principios y valores éticos de la función pública, y con lealtad, pese a las tentaciones y circunstancias, siempre será un hecho patriótico, que habrá de remover las fibras y los sentimientos más nobles de la dominicanidad, pues en el servicio público honesto se expresa el mejor ejemplo de la Patria.
Así lo demostró y lo encarnó el patricio Juan Pablo Duarte, símbolo de la honestidad de los servidores públicos dominicanos, con su singular rendición de cuentas el 12 de abril de 1844, luego de regresar de una campaña bélica escenificada en el sur del país, en su condición de General de Brigada, para la que se le había entregado la suma de mil pesos, con el objetivo de sufragar los gastos que fueren necesarios; Duarte, como ejemplo para la posteridad, detalló, de forma pormenorizada, cada rubro en que gastó la suma total de ciento setenta y tres pesos, haciendo la debida devolución del resto; con esto dio demostración de transparencia y responsabilidad, y de su actitud austera en el uso de los fondos públicos.
¿Será por este motivo que el legislador de entonces hizo coincidir en un mismo espacio temporal la celebración del Día del Servidor Público, el 25 de enero, con la conmemoración del natalicio del Padre de la Patria, el 26 de enero?
En tiempos de baja confianza en las instituciones públicas como los que hoy vivimos, es preciso redoblar los esfuerzos por destacar y reconocer la labor de aquellos que desde el ejercicio de un cargo público han demostrado de manera sostenida que las cosas se pueden hacer de forma correcta y que se puede actuar en consonancia con el deber ser, asumiendo el servicio público como una filosofía de vida, reivindicando la ética y la moral, la vocación de servicio, la lealtad, la honradez, la humildad, la sensibilidad social, y colocando a la ciudadanía como el centro y la razón de ser de sus actuaciones. Estos son los valores y atributos que deben regir la conducta de los servidores públicos.
¡Felicitaciones y honra a todos los servidores públicos en su día! Nunca pierdan el entusiasmo y el deseo de superación, y exhiban con orgullo su condición.
FUENTE: DEPARTAMENTO DE COMUNICACIONES INAP.